Disposición 1/2019

MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD

 

Disposición 1/2019

 

DI-2019-1-APN-DNSIS#MSYDS

Ciudad de Buenos Aires, 10/09/2019

VISTO, el EX-2019-64742044- -APN-DD#MSYDS y;

CONSIDERANDO:

Que desde el año 2012 se empezó a trabajar desde el estado nacional en Cibersalud, con el fin de promover una política pública destinada a mejorar la calidad de atención de la salud e igualar las condiciones del derecho universal de acceso a la salud de toda la población.

Que a tales efectos se diseñó una red de colaboración entre instituciones públicas de salud de todo el país a fin de impulsar la capacitación y construcción colectiva de conocimiento, la consulta remota de pacientes y la gestión de los programas emanados del entonces MINISTERIO DE SALUD.

Que la red TELESALUD permitió que quinientos establecimientos de salud, puedieran participar de tres mil cuatrocientos eventos transmitidos por videoconferencia en calidad de entornos de capacitación, gestión y asesoramiento entre profesionales para la asistencia de pacientes complejos, sumando en total dieciocho mil participaciones de videoconferencias, entre todos los establecimientos nodos de la red.

Que mediante la Resolución Ministerial N° 2016-1825-E-APN-MS, de fecha 17 de octubre de 2016, se modificó la denominación de la DIRECCIÓN DE CIBERSALUD, por el de DIRECCIÓN DE TELESALUD.

Que en el marco de la estrategia COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD –CUS-, aprobada por el Decreto N° 908/16, a los efectos de alcanzar las finalidades descriptas en el ANEXO I de dicho decreto, resulta necesaria la continua incorporación de las tecnologías de la información y comunicación.

Que mediante la Resolución de la Secretaría de Gobierno de Salud N° 189 de fecha 25 de octubre de 2018 se aprobó la Estrategia Nacional de Salud Digital 2018-2024, por la cual se establece la necesidad de aprobar el Plan Nacional de TELESALUD en cuanto al desarrollo de aspectos regulatorios, económicos, sanitarios y técnicos de la TELESALUD en la Argentina.

Que asimismo la Estrategia Nacional de Salud Digital 2018-2024 tiene como uno de sus objetivos que se implementen redes de TELESALUD, que permitan la atención a distancia del paciente y las consultas de segunda opinión, mejorando la accesibilidad, evitando traslados y compensando las diferencias regionales de especialidades y recursos.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 307/2018 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE SALUD, creándose la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD, asignándosele dentro de las acciones correspondientes elaborar y ejecutar el plan operativo y territorial de TELESALUD.

Que por Resolución N° 21 de fecha 7 de enero de 2019 se facultó a la DIRECCION NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACION EN SALUD, a conformar un grupo asesor convocando a referentes jurisdiccionales e institucionales, universidades y a todo experto que acredite experiencia en TELESALUD a efectos de colaborar en la implementación del PLAN NACIONAL DE TELESALUD.

Que uno de los grandes desafíos que afronta la telesalud y la telemedicina son los aspectos legales y éticos de la relación médico-paciente mediante las tecnologías en tiempo real o síncronas.

Que en virtud de lo expuesto en el considerando anterior es preciso aprobar y dar publicidad al documento generado por los expertos del grupo asesor, el cual tiene como objetivo presentar recomendaciones, acerca de cómo desarrollar una teleconsulta síncrona entre un profesional de la salud y un paciente, de manera segura, eficiente, ética y centrada en el paciente.

Que ha tomado intervención en el ámbito de su competencia la SUBSECRETARÍA DE COBERTURAS PÚBLICAS SANITARIAS.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Anexo II de la Decisión Administrativa N° 307/2018, dentro de sus acciones punto 4. “Elaborar y ejecutar el plan operativo y territorial de Telesalud” de fecha 13 de marzo de 2018.

 

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN EN SALUD

DISPONE:

 

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el documento “1° RECOMENDACIÓN PARA EL USO DE LA TELEMEDICINA: ENCUENTRO ENTRE EL PROFESIONAL DE LA SALUD Y EL PACIENTE UTILIZANDO LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN EN TIEMPO REAL” elaborado por el Grupo Asesor conforme lo dispuesto en la Resolución N° 21/19 de la Secretaria de Gobierno de Salud, que se incorpora como ANEXO IF-2019-64753951-APN-SSCPS#MSYDS el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. Alejandro Lopez Osornio

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

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